Profesor
Javier Luchetti. (*)
Profesor
Marcelo Troncoso. (**)
Introducción.
Las
Islas Malvinas ubicadas al sudeste de la Argentina en el océano Atlántico
sudoccidental y pertenecientes a la plataforma continental argentina, ocupan un
lugar estratégico geopolíticamente hablando, al encontrarse en las cercanías
del continente americano y de la Antártida:
“Este archipiélago está situado en el océano
Atlántico, a unos 550 km al este de Río Gallegos. Está formado por dos islas
mayores: la Gran Malvina o isla Occidental, y la Soledad o isla Oriental,
separadas por el estrecho de San Carlos. Hay, además, numerosas islas menores e
islotes. Geográficamente forman parte del territorio argentino por estar
asentadas sobre su plataforma submarina. Las islas Malvinas están formadas por
rocas de la era Paleozoica, especialmente sedimentos devónicos y pérmicos,
estos últimos de origen glaciario. Su relieve es levemente ondulado, con
colinas bajas separadas por valles donde se acumulan los escombros procedentes
del desgaste, y que a consecuencia de un proceso de descenso epirogénico han
sido parcialmente invadidos por el mar, originando una costa de rías. En la
isla Occidental o Gran Malvina se elevan el monte Adam (698 m), Beaufort (680
m) y María (669 m), en la parte norte, en tanto que hacia el extremo sur las
alturas son mucho menores (monte Young, 338 m). En la isla Oriental o Soledad
se levantan las colinas de Wicham, con el cerro Usborne de 684 m. El clima es
frío oceánico, y las islas están bañadas por la corriente fría de las Malvinas.
La temperatura media anual es de 6° C, y los vientos son muy fuertes, soplando
del oeste y sudoeste. Las lluvias son superiores a 500 mm anuales. La
vegetación natural se caracteriza por la falta total de árboles; hay solamente
arbustos y hierbas”[1].
Los
británicos conocedores de esta valiosa ubicación lejana a su país, Londres está
a 14.000 kilómetros, han aumentado el presupuesto de defensa de las islas con
el pretexto de defender a los kelpers de cualquier ataque argentino. Desde los
años ochenta cuando ocurrió la invasión argentina, Gran Bretaña adoptó una
política de seguridad para sus intereses y para los isleños:
“La política de seguridad militar para los
isleños, adoptada por el Reino Unido, que creó una instancia física de defensa,
se concibió como imperiosa en relación con la situación de enfrentamiento y la
no declaración del cese de hostilidades por parte de la República Argentina,
sino hasta los años noventa. La construcción de esta base requeriría contar con
la presencia de personal que fuese acorde a las diversas etapas de construcción
y a las cantidades necesitadas; es por ello por lo que el personal que se
hallaba como dotación durante su construcción, nunca fue menor a tres mil
soldados, sumados a ellos, los que se hallaban enmarcados en las naves que
circundaban las aguas de las Islas. De esta manera, la inversión inicial de
trescientos millones de libras esterlinas, como índice de la magnitud del
esfuerzo presupuestario final para la construcción de esta nueva base aérea,
fue estimada por el Gobierno británico”[2].
Brevemente,
sin entrar en detalles porque ese no es el objetivo del siguiente trabajo, se
puede señalar que existen razones históricas, geográficas y diplomáticas por
las cuáles las islas son argentinas. En cuanto a las primeras:
“Las Islas Malvinas estuvieron hasta el
proceso político desencadenado por la Revolución de Mayo bajo jurisdicción de
la Corona española; La Argentina ejerció sobre las islas diversos actos de
soberanía que tuvieron consecuencias políticas, jurídicas, administrativas y
económicas. Este proceso se vio interrumpido en 1833 cuando los británicos
tomaron las islas Malvinas de manera ilegítima haciendo uso de la fuerza. Por
lo tanto lo hecho por Gran Bretaña puede considerarse una usurpación realizada
en el marco de la política colonialista que esa nación europea desplegó durante
el siglo XIX y que, aún hoy, dos siglos después de la independencia de las
naciones suramericanas, hace posible que subsista un enclave colonial en la
región”[3].
Las
razones geográficas han sido mencionadas anteriormente. Y en cuanto a las
diplomáticas, Argentina ha reclamado las islas desde 1833, puesto que las
Provincias Unidas del Río de La Plata las heredaron luego de la independencia
de 1816, tanto ante el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte como en
diversos organismos multilaterales.
En
la actualidad, Latinoamérica es un continente sin conflictos bélicos, cuyos
países que lo componen tienen gobiernos democráticos de diversos signos
políticos, que buscan relacionarse entre sí y con las grandes potencias en
condiciones cada vez más igualitarias. A través de la paz, los gobiernos de
Suramérica comprenden que no pueden sustraerse de un gran slogan utilizado por
un grupo de ex combatiente de Malvinas: “Volveremos a Malvinas de la mano de
América Latina”. En la actualidad, la política de acompañamiento de los países
latinoamericanos queda demostrada por las manifestaciones de apoyo de la
Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), la Unión de Naciones
Suramericanas (UNASUR), y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
La
integración con una plataforma autónoma está demostrando que sirve para
conseguir objetivos no solamente económicos, sino también sociales, políticos y
de seguridad. La falta de integración en este último aspecto justamente quedó
de manifiesto con el fracaso del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca
firmado en Río de Janeiro, en 1947, por los países del continente americano
incluyendo Estados Unidos, en ese entonces previendo un ataque comunista en
plena guerra fría. Si hay algo que demostró la Guerra de Malvinas, fue que más
allá que quien perdió fue Argentina, los países latinoamericanos eran
vulnerables en los aspectos descriptos anteriormente especialmente en cuanto a
lo económico y la seguridad.
Por
suerte para nuestro país, los países latinoamericanos han recuperado posiciones
autónomas en diversas cuestiones nacionales e internacionales lo que nos
beneficia en la fuerza que requiere el reclamo por la soberanía argentina de
las islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur. Se entiende por autonomía
dentro del marco de la globalización y regionalización, “la capacidad de los
países para tomar decisiones sin seguir los deseos, preferencias u órdenes de
otros”. El concepto de autonomía parte de las siguientes valoraciones:
“Que las referencias que la literatura
teórica en relaciones internacionales hace a la reducción creciente de la
autonomía estatal parten de una visión convencional de la autonomía y resultan,
en consecuencia, anacrónicas. Señalan el impacto negativo de un nuevo contexto
mundial sin plantearse que este mismo contexto ofrece otras condiciones de posibilidad
y de desarrollo para la autonomía. Que la autonomía como condición guarda una
estrecha correlación con la posición de los países en la estructura de poder
global y con la forma en que estas mismas naciones utilizan sus recursos de
poder. Sin embargo, otros factores afectan en forma progresiva las relaciones
entre países; en particular las redes, normas e instituciones que los vinculan
y las características de los estados. Que los factores internos desempeñan un
papel importante en el mantenimiento y ampliación de los grados de autonomía de
cada país (por ejemplo), la capacidad de adaptación a las circunstancias
económicas/tecnológicas mundiales, el régimen político, la solidez de las
instituciones, la competencia de las elites y la estabilidad política. Que todo
lo anterior favorece en América Latina el tránsito de una autonomía que se
define por contraste a otra que se construye dentro de un contexto de
relaciones y que llamamos ‘autonomía relacional’. Este tipo de autonomía debe
entenderse como la capacidad y disposición de un país para tomar decisiones con
otros por voluntad propia y para hacer frente en forma conjunta a situaciones y
procesos ocurridos dentro y fuera de sus fronteras. Según nuestra perspectiva,
la defensa e incremento de los grados de autonomía de nuestros países no puede
provenir hoy de política nacionales o subregionales de aislamiento, de
autosuficiencia o de oposición”[4].
Justamente,
el objetivo del siguiente trabajo es describir el apoyo de organismos que no
solamente instan al diálogo entre Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e
Irlanda del Norte, manifestando su defensa de la postura argentina, sino que
también rechazan la continua actitud militarista de la potencia del Atlántico
Norte en una zona declarada libre de armas nucleares y el tráfico de navíos con
bandera de las Islas Malvinas.
1.
La Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).
La
CELAC un mecanismo de diálogo y concertación política entre los estados de
América Latina y el Caribe, que tratan de aunar posiciones en común a pesar de
su diversidad política, económica y demográfica. Se puede decir que la CELAC,
“es un mecanismo de diálogo y concertación política. Es un mecanismo
articulador, que trabaja sobre la base del consenso. Es un foro que avanza
sobre la convergencia de acciones e intereses comunes. Es una plataforma que
facilita una mayor presencia de nuestra región en el mundo. Es un espacio para
hacer frente a desafíos comunes”[5].
La
CELAC tiene como antecedente la Comunidad de Estados Latinoamericanos y
Caribeños (CALC), que tiene como valores comunes, “el respeto al derecho
internacional. La igualdad soberana de los Estados. El no uso ni la amenaza del
uso de la fuerza. La democracia. El respeto a los derechos humanos. El respeto
al medio ambiente, tomando en cuenta los pilares ambiental, económico y social
para el desarrollo sustentable. La unidad e integración de los Estados de
América Latina y el Caribe. Un diálogo permanente que promueva la paz y la
seguridad regionales”. Además, se trabaja sobre las bases de “la solidaridad.
La inclusión social. La equidad e igualdad de oportunidades. La
complementariedad. Flexibilidad. La participación voluntaria. Pluralidad.
Diversidad.” La prioridad de la CELAC es:
“impulsar, la integración regional con miras
a la promoción de nuestro desarrollo sostenible. Promover la concertación
política, el impulso a la agenda latinoamericana y caribeña en foros globales,
y un mejor posicionamiento de América Latina y el Caribe ante acontecimientos
relevantes del ámbito internacional. Fomentar los procesos de diálogo con otros
Estados, grupos de países y organizaciones regionales, para fortalecer la
presencia de la región en el escenario internacional. Promover la comunicación,
la cooperación, la articulación, la coordinación, la complementariedad y la
sinergia entre los organismos e instituciones subregionales. Incrementar
nuestra capacidad para desarrollar esquemas concretos de diálogo y cooperación
internacional para el desarrollo, tanto dentro de la región, como con otros
Estados y actores internacionales. (…) Promover la implementación de mecanismos
propios de solución pacífica de controversias”[6].
Los
países integrantes son los siguientes: Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas,
Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba,
Dominicana, Dominica, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Guyana, Haití,
Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Santa Lucía, San
Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Surinam, Trinidad y Tobago,
Uruguay y Venezuela. En la cumbre celebrada en diciembre de 2011 en Caracas, la
CELAC en un comunicado especial sobre las Islas Malvinas, señaló:
“su más firme respaldo a los legítimos
derechos de la República Argentina en la disputa de soberanía sobre las Islas
Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos
circundantes, y el permanente interés de los países de la región en que los
Gobiernos de la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda
del Norte reanuden las negociaciones a fin de encontrar, a la mayor brevedad
posible, una solución pacífica y definitiva a dicha disputa, de conformidad con
los pronunciamientos pertinentes de la organización de las Naciones Unidas
(ONU) y de la Organización de Estados Americanos (OEA), tal como lo han manifestado
en las anteriores Declaraciones del Grupo Río y de la Cumbre de América Latina
y el Caribe (CALC), en particular la de la Cumbre de Riviera Maya, México, 23
de febrero de 2010, que integran el acervo histórico de la CELAC”[7].
Por
otra parte, otorgaron importancia a “lo dispuesto por la Resolución 31/49 de la
Asamblea General de las Naciones Unidas que insta a las dos partes a que se
abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones
unilaterales en la situación mientras las islas estén atravesando por el
proceso recomendado por la Asamblea General”[8].
Asimismo, “destacan la permanente actitud constructiva y disposición del
gobierno argentino para alcanzar, por la vía de las negociaciones, una solución
pacífica y definitiva a esta anacrónica situación colonial en suelo americano”.
De hecho, en esa misma reunión se instruyó a la presidencia pro tempore que
realizara:
“una gestión
ante el Señor Secretario General de las Naciones Unidas, Sr. Ban
Ki-moon, a fin de solicitarle que renueve sus esfuerzos en el cumplimiento de
la misión de buenos oficios que le fuera recomendada por la Asamblea General a
través de sucesivas resoluciones a fin de que se reanuden las negociaciones tendientes
a encontrar a la mayor brevedad una solución pacífica a la referida disputa y
nos haga conocer los avances que se produzcan en el cumplimiento de su misión”[9].
La
misma declaración se repite en la Cumbre desarrollada en Santiago de Chile, el
28 de enero de 2013[10].
En la II Cumbre celebrada en enero de 2014 en La Habana, Cuba, la presidencia
pro tempore de la CELAC, junto con la presidencia pro tempore de la UNASUR, la
presidencia pro tempore de MERCOSUR y el ministro de relaciones exteriores de
Argentina, Héctor Timerman, se reunieron con el Presidente del Comité Especial
de Descolonización de las Naciones Unidas y el Secretario General, para
discutir el tema Malvinas y buscar nuevos avances al respecto, junto con nuevas
gestiones realizadas por el Secretario General de las Naciones Unidas, Ban
Ki-moon[11].
Por último, en la III Cumbre realizada este año en Costa Rica, el apoyo se hizo
explícito nuevamente en una declaración, recordando en su artículo dos:
“que el 16 de diciembre de 2015 se cumplirá
el 50° aniversario de la adopción de la resolución 2065 (XX) de la Asamblea
General de Naciones Unidas, la primera referida específicamente a la Cuestión
de las Islas Malvinas, renovada posteriormente a través de sucesivas
resoluciones de la Asamblea General y el Comité Especial de Descolonización
General de Naciones Unidas hasta nuestros días, y observan con satisfacción la
importante contribución hecha por el Comité Especial de Descolonización de las
Naciones Unidas en su consideración de la Cuestión durante los cincuenta años
desde la adopción de la resolución 2065 (XX)”[12].
Por
otra parte, en su artículo cuatro:
“reiteran la importancia de observar lo
dispuesto por la Resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones
Unidas, que insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que
entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación,
mientras las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios
marítimos circundantes estén atravesando por el proceso recomendado por la
Asamblea General”[13].
Por
lo que hemos visto en las distintas declaraciones, se puede apreciar el apoyo
de los países latinoamericanos y de la zona del Caribe a la causa Malvinas.
Inclusive se han realizado gestiones junto con otros organismos de los que nos
referiremos posteriormente, MERCOSUR y UNASUR, ante la Organización de las
Naciones Unidas para activas y avanzar en la causa por la restitución de las
islas a nuestro país. Esto es muy importante teniendo en cuenta la dependencia
que tienen algunos de estos países respecto al Reino Unido en el aspecto
político, lo que no les ha impedido apoyar los reclamos argentinos.
2.
El Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
El
MERCOSUR fue creado en 1991 mediante el tratado de Asunción, capital de Paraguay
y está integrado actualmente por Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y
Venezuela. Bolivia inició su proceso de adhesión en el 2012. Los países
asociados son Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Guyana y Surinam.
Si
bien al comienzo tenía como objetivo una mayor integración económica producto
de la globalización, fue cambiando los objetivos a medida que pasaban los años.
Sigue teniendo como objetivo el aumento del comercio entre sus miembros, el
incremento del nivel de vida de sus habitantes, y una mayor inserción
internacional, pero ha adoptado otras decisiones que tienen que ver con la
ciencia, la tecnología, la educación e inclusive con política nacional e
internacional. Otros temas tienen que ver con la democracia, la defensa y la
integración política. Y además en nuestro caso de estudio, las Islas Malvinas
también ocupan un lugar importante en la agenda del MERCOSUR.
Se
busca, además, una agenda y acuerdos complementarios con organismos como la
CELAC y la UNASUR en diversos temas, como las Malvinas, y otros que requieren
un esfuerzo mancomunado para poder enfrentar los desafíos internacionales.
En
San Luis, el 25 de junio de 1996, los países miembros del MERCOSUR, más Bolivia
y Chile, reafirmaron “su respaldo a los legítimos derechos de la República Argentina
en la disputa de soberanía referida a la cuestión de las Islas Malvinas.
Asimismo, recuerdan el interés hemisférico en que la prolongada disputa de
soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e
Irlanda del Norte sobre dichos territorios, alcance una pronta solución de
conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas y de la Organización de
los Estados Americanos”[14].
Tres
años después, reiteraron su apoyo a lo mencionado en la anterior declaración, y
repitieron “su indeclinable compromiso con la política de asegurar las
comunicaciones y el tránsito de personas sin discriminación y de manera fluida
y amistosa, exhortando asimismo a consolidar estos principios sin los cuales no
será posible superar la situación imperante en el Atlántico Sur en materia de
comunicaciones aéreas con las Islas Malvinas”[15].
En
Montevideo en el año 2007, el Parlamento del MERCOSUR, no solo abona lo firmado
en Potrero de Funes (1996) sino que también “se manifiestan de conformidad con
el reiterado interés regional en que la prolongada disputa de soberanía entre
la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios
marítimos circundantes, alcance una pronta solución de conformidad con las
resoluciones de las Naciones Unidas y las declaraciones de la Organización de
los Estados Americanos”[16].
Los
cancilleres tres años después no solo reafirmaban los derechos argentinos sobre
las islas, sino que protestaban “por la decisión adoptada por el Gobierno del
Reino Unido de llevar a cabo ejercicios militares, incluyendo disparos de
misiles desde las Islas Malvinas. Expresan, asimismo, su rechazo a las
declaraciones explicaciones formuladas recientemente por fuentes británicas a
la prensa indicando que se trataría de ejercicios rutinarios que el Reino Unido
habría llevado a cabo semestralmente durante más de 20 años en las Islas
Malvinas”[17].
El MERCOSUR no solo se manifestó en contra de las actividades militares del
Reino Unido, sino que también expresó su:
“rechazo a las actividades de exploración de
recursos naturales no renovables en la plataforma continental argentina que
desarrolla el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Estas
actividades están en abierta oposición a lo dispuesto por la resolución 31/49
de la Asamblea General de las Naciones Unidas que insta a las dos partes a que
se abstengan adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones
unilaterales en la situación mientras las islas estén atravesando por el
proceso recomendado por la Asamblea General”.
En
este sentido también coincidieron con la declaración de UNASUR de Los Cardales
a la que nos referiremos posteriormente[18].
El mismo año, en la Reunión del Consejo del Mercado Común, los Estados Partes y
los Estados Asociados, también repudiaron las actividades de exploración y
explotación de recursos naturales, y llamaron a las partes a abstenerse de
adoptar decisiones que implicaran la introducción de modificaciones unilaterales
a la situación presente. Asimismo, “reafirmaron, en el marco de los acuerdos
internacionales vigentes, su compromiso de informar al Gobierno Argentino sobre
las embarcaciones o artefactos navales con rutas que incluyan las Islas
Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur con cargas destinadas a las
actividades hidrocarburíferas y/o mineras ilegales en la plataforma continental
argentina y, de ese modo, prevenir o evitar que dichas actividades se
consoliden”. Por último repudiaron los ejercicios militares y los disparos de
misiles desde las Islas Malvinas[19].
Hacia
2011, lamentaban las declaraciones británicas en las que se mencionaba el envío
de aviones de combate y barcos a la zona de las islas, a pesar de los llamados
internacionales para sentarse a negociar la soberanía, lo que pone de
manifiesto:
“una vez más, una actitud que contrasta con
la firme decisión de la región de acompañar a la República Argentina en su
permanente búsqueda, por la vía del diálogo, de una solución pacífica a la
disputa de soberanía. Los Estados partes del MERCOSUR y Estados Asociados
reiteraron su respaldo a los legítimos e imprescriptibles derechos de la
República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del
Sur y los espacios marítimos circundantes”[20].
Unos
meses después, los Estados Partes y los Estados Asociados:
“reiteraron su compromiso oportunamente
asumido de adoptar, de conformidad con el Derecho Internacional y sus
respectivas legislaciones internas, todas las medidas susceptibles de ser reglamentadas
para impedir el ingreso a sus puertos de los buques que enarbolen la bandera
ilegal de las Islas Malvinas. Aquellas embarcaciones que hubiesen sido
rechazadas previamente en su acceso a algún puerto de la región, evitaran
solicitar el ingreso a otros puertos de los demás Estados Parte del MERCOSUR y
Estados Asociados mientras sean portadores de dicha bandera”[21].
Un
año después, reiteraron su apoyo al reclamo de soberanía argentina sobre las
islas, rechazaron la presencia militar en las islas, la exploración y
explotación de recursos naturales renovables y no renovables, y especialmente
hicieron hincapié en repudiar que las islas pudiesen ser países o territorios
“a los cuales puedan aplicarse la Cuarta Parte del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea y las Decisiones de Asociación de Ultramar”[22].
También aprobaron en otra declaración, un artículo en donde señalan:
“su compromiso de intercambiar la información
disponible, de conformidad con el Derecho Internacional, los acuerdos
internacionales vigentes y las respectivas legislaciones internas, sobre: a)
buques o artefactos navales con derroteros que incluyan a las Islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sándwich del Sur con cargas destinadas a actividades
hidrocarburíferas y/o mineras ilegales en la plataforma continental argentina.
b) la adopción de las medidas susceptibles de ser reglamentadas para impedir el
ingreso a sus puertos de buques o artefactos navales que enarbolen la bandera
ilegal de las Islas Malvinas”[23].
Allí
mismo, declaran la inviolabilidad del territorio y la independencia política de
los estados, recalcando la importancia sobre las consultas entre los estados
para el aprovechamiento de los recursos y riquezas naturales, especialmente
cuando la explotación de esas riquezas o recursos pueda afectar la soberanía
estatal[24].
En ocasión del referéndum que realizaron los kelpers, los presidentes aclararon
que la situación no cambiaba, puesto que se reafirmaba la soberanía argentina
sobre las islas:
“Asimismo, resulta aplicable la Resolución
31/49 que insta a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de la Gran
Bretaña e Irlanda del Norte, a que se abstengan de adoptar decisiones que
entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación
mientras las Islas están atravesando por el proceso relativo a la disputa de
soberanía. Los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados destacan que la
Asamblea General de las Naciones Unidas, en el año 1985, rechazó por amplia
mayoría la incorporación del principio de libre determinación a la resolución
relativa a la Cuestión de las Islas Malvinas”[25].
En
julio de 2013, los presidentes reafirmaron lo acordado en Potrero de Funes, es
decir, el intercambio de información sobre barcos o artefactos navales
relacionados con las Islas Malvinas, y que la presencia militar del Reino Unido
en la zona es contraria a la búsqueda de una solución pacífica para la
soberanía, “en este sentido, reconocieron el derecho que asiste a la República
Argentina para adoptar las acciones legales implementadas en el ámbito de su
legislación contra las actividades de exploración y explotación no autorizadas
de hidrocarburos en dicha área”[26].
Por
último, el año pasado en ocasión de la XLVII Reunión Ordinaria del Consejo del
Mercado Común, los países rechazaron otra vez lo señalado anteriormente en
cuanto a lo militar y los recursos y riquezas naturales renovables y no
renovables, al mismo tiempo que
“reafirmaron
su compromiso de intercambiar la información disponible, de conformidad con el
Derecho Internacional, los acuerdos internacionales vigentes y las respectivas
legislaciones internas, sobre: a) buques o artefactos navales con derroteros
que incluyan a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur con
cargas destinadas a actividades hidrocarburíferas y/o mineras ilegales en la
plataforma continental argentina. b) la adopción de las medidas susceptibles de
ser reglamentadas para impedir el ingreso a sus puertos de buques o artefactos
navales que enarbolen la bandera ilegal de las Islas Malvinas”[27].
3. La Unión de
Naciones Suramericanas (UNASUR).
Los
comienzos de la Unión de Naciones Suramericanas se pueden rastrear hasta la
creación de la Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN) que ya en el 2006 en la
reunión de Cochabamba apoyó los legítimos derechos argentinos de soberanía
sobre las Islas Malvinas y que se produjeran las negociaciones pacíficas para
resolver el diferendo[28].
Los miembros de la CSN son los mismos que en el caso de la UNASUR: Argentina,
Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam,
Uruguay y Venezuela.
Ya
con la UNASUR en funcionamiento, las declaraciones se suceden a partir del
2009. Ese año en Quito, reafirman los derechos argentinos esperando que el
Reino Unido se siente a las conversaciones y respete las declaraciones de las
Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos, destacando al igual
que el MERCOSUR, “la permanente actitud constructiva y disposición del Gobierno
argentino para alcanzar por la vía de las negociaciones una solución definitiva
a esta anacrónica situación colonial en suelo americano”[29].
En
el 2010 en tres declaraciones, rechazaron los ejercicios militares británicos
junto con el disparo de misiles y las decisiones unilaterales, recordando el
interés por la solución del conflicto de forma pacífica tal cual lo dispuesto
por la resolución 31/49 de las Naciones Unidas[30].
Además, se dispusieron “a informar al Gobierno Argentino sobre aquellos buques
o artefactos navales con derroteros que incluyan las Islas Malvinas, Georgias
del Sur y Sándwich del Sur con cargas destinadas a las actividades
hidrocarburíferas y/o mineras ilegales en la plataforma continental argentina y
de este modo, prevenir o evitar que dichas actividades se consoliden”. De la
misma forma, “se comprometen a adoptar, de conformidad con el Derecho
Internacional y sus respectivas legislaciones internas, todas las medidas
susceptibles de ser reglamentadas para impedir el ingreso a sus puertos de los
buques que enarbolen la bandera ilegal de las Islas Malvinas”[31].
Un
año después, el Reino Unido continuaba con las provocaciones puesto que
movilizaron a la fragata HMS Montrose a la zona del Atlántico Sur,
supuestamente para tranquilizar la región y proteger los intereses británicos.
La UNASUR considera esta acción contraria a lo mencionado en la Resolución de
las Naciones Unidas y reiteran su respaldo a la posición argentina y a las
negociaciones pacíficas[32].
Ya
antes de esa fecha, la UNASUR había enviado una carta al Secretario General de
las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, reiterando “el firme respaldo a los legítimos
derechos de la República Argentina en la disputa de soberanía sobre las Islas
Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos
circundantes”. En esa misma carta se mencionan los documentos que anteriormente
habían avalado la posición de la UNASUR con respecto al tema y, además,
refrendan “el permanente interés regional en que el Reino Unido de Gran Bretaña
e Irlanda del Norte se avenga a reanudar las negociaciones con la República
Argentina a fin de encontrar, a la mayor brevedad posible, una solución
pacífica y definitiva a la disputa de soberanía…”. Por lo tanto, le solicitan
al Secretario, “que renueve sus esfuerzos en el cumplimiento de la misión de buenos
oficios que le fuera encomendada por la Asamblea General a través de sucesivas
resoluciones a fin de que se reanuden las negociaciones tendientes a encontrar
a la mayor brevedad una solución pacífica a la referida disputa”[33].
En
el 2012, la UNASUR ante el referéndum que querían realizar los kelpers al año
siguiente, también sacaron una declaración al respecto. Cabe aclarar que los
habitantes de las islas convocaron a un referéndum para definir su estatus
político a partir de lo decidido en la Asamblea Legislativa de las Islas. Los
isleños en el 2013, prefirieron seguir bajo el estatus político de territorio
de ultramar de Londres (99,8% a favor). Anticipándose a cualquier resultado,
para la UNASUR, “la celebración de un referéndum en las Islas Malvinas en nada
altera la esencia de la Cuestión de las Islas Malvinas, y que su eventual
resultado no pone fin a la disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes”.
Por
otra parte, añaden que “los orígenes de dicha disputa y su carácter colonial no
pueden ser ignorados, así como tampoco las numerosas resoluciones de las
Naciones Unidas relativas a la Cuestión de las Islas Malvinas, que la encuadran
dentro de la Resolución 1514 (XV) y que establecen claramente el modo de solucionarla,
cual es, la reanudación de las negociaciones entre la Argentina y el Reino
Unido, teniendo debidamente en cuenta los intereses de los habitantes de las
Islas”[34].
La
Resolución 1514 (XV) ha sido objeto de diversas interpretaciones, pero para el
caso de las Islas Malvinas, los gobiernos argentinos la han interpretado como
una forma de proteger la integridad territorial de los Estados, aspecto que
está reconocido en el derecho internacional, inclusive en la Carta de las
Naciones Unidas en su artículo 2.4, que menciona que “los Miembros de la
Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la
amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la
independencia política de cualquier Estado o en cualquier otra forma
incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas”[35].
Reafirmando
los legítimos derechos de la República Argentina a la soberanía sobre las
Islas, de la misma manera, la UNASUR hace hincapié en que “la Asamblea General
de las Naciones Unidas, en el año 1985, rechazó por amplia mayoría la
incorporación del principio de libre determinación a la resolución relativa a
la Cuestión de las Islas Malvinas”[36].
Esta iniciativa de incluir el derecho de los pueblos a la libre determinación
había sido propuesta por el Reino Unido, pero se la dejó de lado puesto que es
más importante la integración territorial y no la división debido a una
situación de colonialismo[37].
Para el 2013, en la VII Reunión Ordinaria de Jefas y Jefes de Estado y de
Gobierno, nuevamente los países respaldan la posición argentina, sus legítimos
derechos sobre las islas, el interés regional sobre una resolución pacífica y
la buena y constructiva disposición argentina para la resolución del conflicto[38].
Comentarios
finales.
Un
año después de la guerra de Malvinas, un ex presidente venezolano escribía que
dicha guerra había sido “un acontecimiento capital para una redefinición de
nuestras relaciones con los Estados Unidos y Europa. Nos enfrenta a una nueva
realidad. Su huella será profunda hacia el futuro”. El tiempo ha demostrado no
solo la razón de estas afirmaciones sino de otras: “Estamos entendiendo los
latinoamericanos ahora que no habrá integración sin política y que ella va más
allá del contexto económico en que la habíamos situado. Es posible que el
relámpago que alumbró la conciencia latinoamericana en el Atlántico Sur nos dé
la clave donde radica la explicación de las fallas, avatares y tropiezos del
proceso integracionista latinoamericano”. La vulnerabilidad económica ya había
sido demostrada por la crisis de la deuda externa, pero todavía quedaba la
cuestión de la seguridad hemisférica que quedó herida con la guerra: “el
conflicto de las Malvinas nos dramatizó la vulnerabilidad de nuestros países,
no solo en materia económica sino también en cuestiones de seguridad”[39].
La
cuestión de las Islas Malvinas es una causa argentina, latinoamericana e
internacional, puesto que los gobiernos argentinos han obtenido sucesivos
apoyos desde distintas partes del mundo, inclusive de grandes potencias como
China y Rusia. Los países latinoamericanos a través de la CELAC, el MERCOSUR, o
la UNASUR, han demostrado que apoyan fuertemente la causa argentina por las
islas, condenando las acciones unilaterales del Reino Unido, y comprendiendo lo
justo del reclamo del diálogo por la soberanía. La cuestión de las Islas
Malvinas ha sido un objetivo de la política exterior de todos los gobiernos
democráticos desde 1983. Pero hay que reconocer que quienes han realizado una
mayor insistencia en el ámbito latinoamericano para conseguir un respaldo
contundente ante la negativa al diálogo por parte del Reino Unido, fueron los
gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner.
La
solidaridad latinoamericana mediante las declaraciones de la CELAC, el MERCOSUR
y la UNASUR, ha quedado evidenciada a lo largo del trabajo y, de hecho, todas
las fuerzas políticas de las Comisiones de Relaciones Exteriores de las Cámaras
de Diputados y Senadores del Congreso de la Nación, cuando en el 2012
suscribieron la Declaración de Ushuaia, señalaron en el artículo nueve:
“su profundo agradecimiento a los gobiernos y
pueblos hermanos de Chile, Uruguay y Brasil, por sus recientes manifestaciones
reiterando el compromiso asumido, de impedir el ingreso a sus puertos de barcos
identificados con la bandera ilegal de las Islas Malvinas, apoyando así una vez
más la posición argentina respecto de su soberanía sobre las Islas Malvinas,
Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.
También agradece el apoyo del MERCOSUR y Estados Asociados, la OEA, la UNASUR,
la CELAC y el ALBA, así como grupos bi-regionales o regionales como la Cumbre
Iberoamericana, la Cumbre América del Sur África (ASA), la Cumbre de países
Sudamericanos y países árabes (AFA) y el Grupo de los 77 más China. Al mismo tiempo,
manifiesta su respaldo a las gestiones que vienen desarrollando los gobiernos
argentinos de la democracia en todos los Foros internacionales con el objetivo
de que el conjunto de la comunidad internacional se manifieste a favor del
cumplimiento de la Resolución 2065 de Naciones Unidas”[40].
En
síntesis, como menciona la página oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores
y Culto de Argentina:
“Los esfuerzos proactivos que realiza la
República Argentina consistentes en obtener, en los distintos foros y
organizaciones internacionales que se pronuncian sobre la cuestión de las Islas
Malvinas, un expreso reconocimiento en el sentido de que la disputa de
soberanía abarca a los tres archipiélagos, se inscriben también en la ilegítima
adopción, por parte del Reino Unido, de medidas respecto de las islas Georgias
del Sur y Sándwich del Sur que revisten una naturaleza y alcance distintos que
aquellas, también ilegítimas, que se refieren estrictamente a las Islas
Malvinas, no obstante haberse tratado siempre de una única e indivisible
disputa sobre los tres archipiélagos. La integridad de la disputa de soberanía
sobre los tres archipiélagos ha quedado plasmada en la fórmula de salvaguarda
de soberanía bajo la cual la Argentina y el Reino Unido adoptaran entendimientos
provisorios sobre cuestiones prácticas relacionadas con el Atlántico Sur, así
como en otros acuerdos”[41].
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de Estudios para el Desarrollo Territorial y la Gestión de las Infraestructuras
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sobre Malvinas. Los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y los
presidentes de Bolivia y de la República de Chile. Asunción, 15 de junio de
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de los Jefes de Estado y de Gobierno de los Países Sudamericanos y Países
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de agosto de 2009 “Cuestión de las Islas Malvinas”.
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Cumbre América del Sur-África. Declaración de Nueva Esparta. 26 y 27 de
septiembre de 2009.
Declaración
de la Cumbre de la Unidad de América Latina y el Caribe. Riviera Maya, 22 y 23
de febrero de 2010.
Declaración
sobre la “Cuestión de las Islas Malvinas”. Los Cardales, 4 de mayo de 2010.
Declaración
Especial de los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y Estados
Asociados sobre la Exploración de Recursos Naturales no Renovables en la
plataforma continental argentina. San Juan, 3 de agosto de 2010.
Declaración
sobre actividades militares del Reino Unido en las Islas Malvinas. 12 de
octubre de 2010.
Declaración
del Mercosur sobre actividades militares del Reino Unido en las Islas Malvinas.
Montevideo, 18 de octubre de 2010.
Declaración
cooperación de los países miembros de la UNASUR sobre movimientos relevantes de
buques cuyo derrotero incluya las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich
del Sur. Georgetown, 26 de noviembre de 2010.
Declaración
Especial de los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y Estados
Asociados sobre las Malvinas. Foz de Iguazú, 17 de diciembre de 2010.
UNASUR.
Carta al Secretario General de las Naciones Unidas. 2 de abril de 2011.
Comunicado
de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados sobre las Declaraciones
del Gobierno Británico respecto a la cuestión de las Islas Malvinas. Asunción,
29 de junio de 2011.
Declaración
sobre el Desplazamiento de la Fragata HMS Montrose a las Islas Malvinas. Asunción,
29 de octubre de 2011.
Comunicado
Especial sobre las Islas Malvinas. Cumbre de la Comunidad de Estados
Latinoamericanos y Caribeños. Caracas, 3 de diciembre de 2011.
Declaración
de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados sobre buques que
enarbolan la bandera ilegal de las Islas Malvinas. Montevideo, 20 de diciembre
de 2011.
Comisiones
de Relaciones Exteriores de las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso
de la Nación. Declaración de Ushuaia. 25 de febrero de 2012.
Declaración
de los Presidentes del MERCOSUR sobre el mecanismo de “Intercambio de
Información entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados sobre
Buques o Artefactos Navales vinculados a la Cuestión de las Islas Malvinas.
Mendoza, 29 de junio de 2012.
Declaración
de Mendoza sobre uso, conservación y aprovechamiento soberano y sustentable de
los recursos y riquezas naturales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados
Asociados. Mendoza, 29 de junio de 2012.
Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea. 26 de octubre de 2012.
VI
Cumbre UNASUR en Lima 2012. Declaración Especial sobre la Cuestión de las Islas
Malvinas. Lima, 30 de noviembre de 2012.
Declaración
especial sobre la cuestión de las Islas Malvinas. Brasilia, 7 de diciembre de
2012.
Comunicado
Especial sobre las Islas Malvinas. Cumbre de la Comunidad de Estados
Latinoamericanos y Caribeños. Santiago, 28 de enero de 2013.
Tercera
Cumbre de Países de América del Sur y África. Malabo, Guinea Ecuatorial. 20-22
de febrero de 2013.
Comunicado
Conjunto Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados emitido en ocasión de
la XLV Reunión del Consejo del Mercado Común y Cumbre de Presidentes del
Mercosur celebradas en la ciudad de Montevideo el 11 y 12 de julio de 2013.
VII
Reunión Ordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de
UNASUR. Declaración del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de
UNASUR sobre la Cuestión de las Islas Malvinas. Paramaribo, Surinam, 30 de
agosto de 2013.
Declaración
Especial sobre la cuestión de las Islas Malvinas. La Habana, 28 y 29 de enero
de 2014.
Exploración
de hidrocarburos y pesca en la plataforma continental argentina en proximidad
de las Islas Malvinas. Paraná, 17 de diciembre de 2014.
Declaración
Especial sobre la Cuestión de las Islas Malvinas. Belén, 29 de enero de 2015.
(*)
Licenciatura en Relaciones Internacionales, Facultad de Ciencias Humanas,
Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Tandil. Provincia
de Buenos Aires. javiferluche@yahoo.com.ar.
(**)
Colegio San Ignacio, Escuela de Educación Agraria N° 1. Tandil. Provincia de
Buenos Aires. tandilgeo@gmail.com.
Trabajo
presentado en la IV Jornada de la Red Federal de Estudios sobre Malvinas (REFEM
2065); “Malvinas: Oportunidades y desafíos en el pasado, presente y futuro de
la cuestión”. Eje temático 4: Malvinas como una cuestión latinoamericana. 7 y 8
de mayo de 2015, San Salvador de Jujuy, Argentina.
Fuente:
https://www.academia.edu
[1] Centro de Estudios
para el Desarrollo Territorial y la Gestión de las Infraestructuras de la
Fundación Hernandarias: La Patagonia, en, Roccatagliata, Juan (coord.), en;
Argentina. Una visión actual y prospectiva desde la dimensión territorial.
Buenos Aires, Emecé Editores, 2008, p. 810.
[2] Gómez, Federico: LA
FALKLANDS FORTRESS. La construcción de la cuestión Malvinas en una cuestión
latinoamericana ante el paradigma neocolonial británico en el Atlántico Sur,
en; Malvinas en la Universidad. Concursos de ensayos 2012. Buenos Aires,
Ministerio de Educación de la Nación, Cámara Argentina de Libro, 2013, p. 118.
[3] Flachsland, Cecilia,
Adamoli, María y, Farías, Matías; Pensar Malvinas: una selección de fuentes
documentales, testimoniales, ficcionales y fotográficas para trabajar en el
aula. Buenos Aires, Ministerio de Educación de la Nación, 2014, p. 25.
[4] Russell, Roberto y,
Tokatlian, Juan; Autonomía y neutralidad en la globalización: una readaptación
contemporánea. Buenos Aires, Capital Intelectual, 2010, pp. 129-131.
[5] www.rree.go.cr. Consultado el 25 de febrero de
2015.
[6] Declaración de la
Cumbre de la Unidad de América Latina y el Caribe. Riviera Maya, 22 y 23 de
febrero de 2010, artículos 2, 3 y 5.
[7] Cabe recordar que la
CALC, había manifestado su “compromiso con la construcción de un orden
internacional más justo, equitativo y armónico, fundado en el respeto al
Derecho Internacional y a los principios de la Carta de las Naciones Unidas,
entre ellos la igualdad soberana de los Estados, la solución pacífica de
controversias, el respeto a la integridad territorial y la no intervención en
los asuntos internos de los Estados. Reafirmamos nuestro compromiso con la
defensa de la soberanía y del derecho de todo Estado a construir su propio
sistema político, libre de amenazas, agresiones y medidas coercitivas
unilaterales en un ambiente de paz, estabilidad, justicia, democracia y respeto
a los derechos humanos”. Los principios de solución pacífica de controversias,
el respeto a la integridad territorial, la no intervención en los asuntos
internos de los Estados, la defensa de la soberanía, son lo que se pueden
aplicar justamente a la cuestión de las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del
Sur. Ibídem, preámbulo.
[8] En la 85 sesión
plenaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas, sobre la cuestión de
las Islas Malvinas, la misma “expresa su reconocimiento por los continuos
esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina conforme a las decisiones
pertinentes de la Asamblea General, para facilitar el proceso de
descolonización y promover el bienestar de la población de las Islas”. Además,
“insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen
la introducción de modificaciones unilaterales en la situación…”. Asamblea
General de las Naciones Unidas. Resolución 31/49, 1° de diciembre de 1976.
[9] Comunicado Especial
sobre las Islas Malvinas. Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y
Caribeños. Caracas, 3 de diciembre de 2011, artículos 1-4.
[10] Comunicado Especial
sobre las Islas Malvinas. Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y
Caribeños. Santiago, 28 de enero de 2013.
[11] Declaración
Especial sobre la cuestión de las Islas Malvinas. La Habana, 28 y 29 de enero
de 2014.
[12] 25 de febrero de
2012. La Resolución menciona lo siguiente: “1. Invita a los Gobiernos de la
Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a proseguir sin
demora las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de
examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la
concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales a fin de
encontrar una solución pacífica al problema, teniendo debidamente en cuenta las
disposiciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y de la
resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, así como los intereses de la
población de las Islas Malvinas (Falkland Islands)”. Asamblea General de las
Naciones Unidas. Resolución 2065. 1398a. sesión plenaria, 16 de diciembre de
1965.
[13] Declaración Especial
sobre la Cuestión de las Islas Malvinas. Belén, 29 de enero de 2015.
[14] Declaración de los
Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y de la República de Bolivia y
de la República de Chile “Declaración sobre Malvinas”. Potrero de Funes, 25 de
junio de 1996.
[15] Declaración sobre
Malvinas. Los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y los presidentes
de Bolivia y de la República de Chile. Asunción, 15 de junio de 1999.
[16] MERCOSUR/PM/DECL.02/2007.
Respaldo a los legítimos derechos de la República Argentina en la disputa de
soberanía referida a la Cuestión de las Islas Malvinas. Montevideo, 25 de junio
de 2007.
[17] Declaración del
Mercosur sobre actividades militares del Reino Unido en las Islas Malvinas.
Montevideo, 18 de octubre de 2010.
[18] Declaración Especial
de los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados sobre
la Exploración de Recursos Naturales no Renovables en la plataforma continental
argentina. San Juan, 3 de agosto de 2010.
[19] Declaración Especial
de los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados sobre
las Malvinas. Foz de Iguazú, 17 de diciembre de 2010.
[20] Comunicado de los
Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados sobre las Declaraciones del
Gobierno Británico respecto a la cuestión de las Islas Malvinas. Asunción, 29
de junio de 2011.
[21] Declaración de los
Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados sobre buques que enarbolan la
bandera ilegal de las Islas Malvinas. Montevideo, 20 de diciembre de 2011.
[22] Comunicado Conjunto
de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados. Mendoza, 29 de junio de
2012.
El
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea consta de varias partes y una de
ellas es la cuarta que trata sobre asociación de los países y territorios de
ultramar. Los artículos importantes son los siguientes:
Los
Estados miembros convienen en asociar a la Unión los países y territorios no
europeos que mantienen relaciones especiales con Dinamarca, Francia, Países
Bajos y Reino Unido. Dichos países y territorios, que en lo sucesivo se
denominarán países y territorios, se
enumeran en la lista que constituye el anexo II.
El
fin de la asociación será la promoción del desarrollo económico y social de los
países y territorios, así como el establecimiento de estrechas relaciones
económicas entre éstos y la Unión en su conjunto.
De
conformidad con los principios enunciados en el preámbulo del presente Tratado,
la asociación deberá, en primer lugar, contribuir a favorecer los intereses de
los habitantes de dichos países y territorios y su prosperidad, de modo que
puedan alcanzar el desarrollo económico, social y cultural al que aspiran.
La
asociación perseguirá los siguientes objetivos:
Los
Estados miembros aplicarán a sus intercambios comerciales con los países y
territorios el régimen que se otorguen entre sí en virtud de los Tratados.
Cada
país o territorio aplicará a sus intercambios comerciales con los Estados
miembros y con los demás países y territorios el régimen que aplique al Estado
europeo con el que mantenga relaciones especiales.
Los
Estados miembros contribuirán a las inversiones que requiera el desarrollo
progresivo de estos países y territorios.
Para
las inversiones financiadas por la Unión, la participación en las convocatorias
para la adjudicación de obras, servicios y suministros quedará abierta, en
igualdad de condiciones, a todas las personas físicas y jurídicas que tengan la
nacionalidad de los Estados miembros o de los países y territorios.
En
las relaciones entre los Estados miembros y los países y territorios, el
derecho de establecimiento de los nacionales y sociedades se regulará de
conformidad con las disposiciones y normas de procedimiento previstas en el
capítulo relativo al derecho de establecimiento y sobre una base no
discriminatoria, sin perjuicio de las disposiciones especiales que se adopten
en virtud del artículo 203.
[23] Declaración de los
Presidentes del MERCOSUR sobre el mecanismo de “Intercambio de Información
entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados sobre Buques o
Artefactos Navales vinculados a la Cuestión de las Islas Malvinas. Mendoza, 29
de junio de 2012.
[24] Declaración de
Mendoza sobre uso, conservación y aprovechamiento soberano y sustentable de los
recursos y riquezas naturales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados
Asociados. Mendoza, 29 de junio de 2012.
[25] Declaración especial
sobre la cuestión de las Islas Malvinas. Brasilia, 7 de diciembre de 2012.
[26] Comunicado Conjunto
Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados emitido en ocasión de la XLV
Reunión del Consejo del Mercado Común y Cumbre de Presidentes del Mercosur
celebradas en la ciudad de Montevideo el 11 y 12 de julio de 2013.
[27] Exploración de
hidrocarburos y pesca en la plataforma continental argentina en proximidad de
las Islas Malvinas. Paraná, 17 de diciembre de 2014.
[28] Comunidad Sudamericana
de Naciones. Cuestión de Malvinas. Cochabamba, 9 de diciembre de 2006. En el
2005, los Jefes de Estado y Gobierno de los países Sudamericanos y árabes
convocan a la reanudación de las negociaciones y que no se incorporaran a las
islas al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Cabe mencionar en el
2008, igualmente la Declaración de los Ministros de Relaciones Exteriores de
los países Sudamericanos y árabes (ASPA), que señalaba lo mismo. Lo mismo
ocurre en el 2009. También los países africanos, declararon su apoyo a la
posición argentina instando a la continuación de las negociaciones para “una
solución justa, pacífica y definitiva a la disputa”. II Cumbre América del
Sur-África. Declaración de Nueva Esparta. 26 y 27 de septiembre de 2009. Este
mismo apoyo se repitió en la cumbre de Malabo, Guinea Ecuatorial en el año
2013.
[29] UNASUR. Comunicado 10
de agosto de 2009 “Cuestión de las Islas Malvinas”.
[30] Declaración sobre la
“Cuestión de las Islas Malvinas”. Los Cardales, 4 de mayo de 2010. Declaración
sobre actividades militares del Reino Unido en las Islas Malvinas. 12 de
octubre de 2010.
[31] Declaración
cooperación de los países miembros de la UNASUR sobre movimientos relevantes de
buques cuyo derrotero incluya las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich
del Sur. Georgetown, 26 de noviembre de 2010.
[32] Declaración sobre el
Desplazamiento de la Fragata HMS Montrose a las Islas Malvinas. Asunción, 29 de
octubre de 2011.
[33] UNASUR. Carta al
Secretario General de las Naciones Unidas. 2 de abril de 2011.
[34] La
Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos
coloniales, aprobada por la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las
Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1960, expresa que: “1. La sujeción de pueblos a una
subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de
los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones
Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales. 2. Todos
los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este
derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su
desarrollo económico, social y cultural. 3. La falta de preparación en el orden
político, económico, social o educativo no deberá servir nunca de pretexto para
retrasar la independencia. 4. A fin de que los pueblos dependientes puedan
ejercer pacífica y libremente su derecho a la independencia completa, deberá
cesar toda acción armada o toda medida represiva de cualquier índole dirigida
contra ellos, y deberá respetarse la integridad de su territorio nacional. 5.
En los territorios en fideicomiso y no autónomos y en todos los demás
territorios que no han logrado aún sus independencias deberán tomarse
inmediatamente medidas para traspasar todos los poderes a los pueblos de esos
territorios, sin condiciones ni reservas, en conformidad con su voluntad y sus
deseos libremente expresados, y sin distinción de raza, credo, ni color, para
permitirles gozar de una libertad y una independencia absolutas. 6. Todo
intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la
integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y
principios de la Carta de las Naciones Unidas. 7. Todos los Estados deberán
observar fiel y estrictamente las disposiciones de la Carta de las Naciones
Unidas, de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de la presente
Declaración sobre la base de la igualdad, de la no intervención en los asuntos
internos de los demás Estados y del respeto de los derechos soberanos de todos
los pueblos y de su integridad territorial”. 947a sesión plenaria,
14 de diciembre de 1960.
[35] Carta de las Naciones
Unidas. San Francisco, 26 de junio de 1945.
[36] VI Cumbre UNASUR en
Lima 2012. Declaración Especial sobre la Cuestión de las Islas Malvinas. Lima,
30 de noviembre de 2012.
[37] La Asamblea General
de las Naciones Unidas manifestaba lo siguiente: “1. Pide a los Gobiernos de la
Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que inicien
negociaciones con miras a encontrar los medios de resolver pacífica y
definitivamente los problemas pendientes entre los dos países, incluyendo todos
los aspectos sobre el futuro de las Islas Malvinas (Falkland) de acuerdo con la
Carta de las Naciones Unidas; 2. Pide al Secretario General que continúe su
misión renovada de buenos oficios a fin de asistir a las partes en el
cumplimiento de lo solicitado en el párrafo 1 supra, adoptando con tal
propósito las medidas adecuadas”. Asamblea General de las Naciones Unidas.
Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland). A/RES/40/21. 95ª. sesión plenaria.
27 de noviembre de 1985.
[38] VII Reunión Ordinaria
del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de UNASUR. Declaración del
Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de UNASUR sobre la Cuestión de
las Islas Malvinas. Paramaribo, Surinam, 30 de agosto de 2013.
[40] Comisiones de
Relaciones Exteriores de las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de
la Nación. Declaración de Ushuaia.
[41] www.mrecic.gov.ar. Consultado el 25 de
febrero de 2015.
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