19 de enero de 2020

HISTORIA DE LA DISPUTA POR LA SOBERANÍA DE MALVINAS


Por Alejandro Betts Goss


Hoy es otra fecha conmemorativa en la historia de la disputa por la soberanía de Malvinas. Hace 197 años que la goleta "Sarandí" amarrara en el puerto de Buenos Aires y diera la voz de la toma de las Islas por una escuadrilla naval británica, 12 días antes.

Aquí van unas líneas al respecto, poniendo énfasis en desmitificar uno de los tantos artilugios de los británicos de la inexistencia e invalidez de los recurrentes reclamos diplomáticos argentinos para la devolución del territorio.

Aquí va:

El 15 de enero de 1833, arribó al puerto de Buenos Aires la goleta argentina, “Sarandí”, procedente de Puerto Soledad, Malvinas. Sus tripulantes y pasajeros relataron lo sucedido en Malvinas el día 3 de este mes. Así, se enteraron la población de la nueva tropelía cometida allí, esta vez por manos inglesas. Dos días después, el Gobernador bonaerense Juan Manuel Balcarce, su ministro de Justicia e interino de Relaciones Exteriores, doctor Manuel Vicente de Maza, pidieron explicaciones al representante de Gran Bretaña con relación al escandaloso atropello del 2 y 3 de enero en Malvinas. El encargado de negocios ingleses, Gore, afirmó no saber nada del asunto, pero se declaró presto a poner el tema en consentimiento de su gobierno.

La protesta de Maza ante el encargado de negocios Gore, no tuvo una respuesta satisfactoria, por lo tanto, Maza instruyó al Ministro Plenipotenciario Dr. D. Manuel Moreno, de ahora en más el encargado de las reclamaciones del gobierno argentino al de la Gran Bretaña, a entablar la protesta ante el Gobierno Británico. Por circular diplomático del 23 de enero, se informó a las repúblicas americanas del atentado perpetrado por el Reino Unido. Sólo Bolivia y Brasil se solidarizaron con nuestra protesta.

La memoria y protesta que produce el embajador Moreno es uno de los alegatos más completos escritos sobre la cuestión y tiene tanta vigencia hoy, como en la época de su redacción. Se divide en tres partes, a saber:

1.    Los descubrimientos
2.    La ocupación efectiva a partir de 1764 con el acuerdo anglo-español de 1770
3.    La ocupación exclusivamente hispano-argentina, apenas interrumpida, a contar desde 1774.

Recopilando la historia de esos tres períodos, el doctor Moreno demuestra acabadamente la incuestionable legitimidad de la soberanía argentina sobre las Malvinas y la enormidad del atentado cometido por el comandante de la “Clio”, el 3 de enero de ese mismo año. Expone circunstanciadamente los títulos de soberanía, fundados en la propiedad de España, reconocidos explícitamente por Francia primero (1764), e implícitamente por Gran Bretaña después del conflicto armado anglo-español por la presencia clandestina de una guarnición naval británica en la Isla Trinidad de la Gran Malvina, ocurrido el 10 de junio de 1770.

Ciento treinta y tres años después, en 1946, mediante un Acto Secreto 17111, el Ministerio de RR.EE. del Reino Unido:

1.  Reconoce la posesión efectiva española de Malvinas anterior a 1832.
2.  Acepta que el art. 6° de la Convención de Nootka Sound de 1790, entre España y el Reino Unido, precluía toda ocupación británica de las Islas, así como que dicho tratado fue ratificado por el “Tratado de Amistad y Alianza, entre ambos países, de agosto de 1814.
3.  Hace lugar a los fundamentos jurídicos argentinos formulados en base al decreto del 10 de junio de 1829, que designa a Vernet como gobernador de las Islas.
4.  Reconoce las protestas de Manuel Moreno, ministro plenipotenciario argentino en Londres, a partir del 17 de junio de 1833.
5.  Reconoce que nunca hubo consentimiento (aquiescencia) argentina a la ocupación británica.
6.  Reconoce que Gran Bretaña, durante largos años, para fortalecer un eventual derecho basado en la prescripción adquisitiva del territorio ocupado, mantuvo una actitud evasiva, prefiriendo no discutir el tema.

Estos seis puntos del Memorándum británico demuestran, claramente, las razones por las que los británicos falsean, permanentemente, la verdad de los hechos históricos. Conocen a la perfección sus propias debilidades y, habitualmente, procuran, a través de los años, fortalecer con nuevos argumentos una posición que, intrínsecamente, nació como indefendible. Los contenidos del Acto Secreto 17111, fueron desclasificados recién en el año 1996, cinco décadas posteriores a su elaboración.

Por otra cuerda, las debilidades de la tesis británica de ostentar un título legítimo sobre el archipiélago malvinero han sido expuestas por muchos trabajos elaborados por expertos del derecho. Varios de ellos han sido reproducidos por el “Internacional Progress Organization”.

En 1984, se publicó un trabajo que pertenece al profesor Eric David, del Centro de Derecho Internacional de la Universidad de Bruselas. Su título habla por sí mismo y se dedica al tema que nos ocupa hoy: “Aspects jurisdiques du conflit des Malouines” El autor analiza tanto el reclamo británico, como nuestra plataforma jurídica de derecho. Con razón, David no asigna ningún carácter decisivo al descubrimiento del archipiélago en otorgar título a él y vuelca su atención a los hechos posteriores, capaces de fundamentar pretensiones soberanas, dividiéndolas en tres períodos a saber:

1.  Antes de 1816
2.  Desde 1816 hasta 1833
3.  Desde 1833 a esa fecha, 1984.

David devastó cualquier posibilidad de las pretensiones británicas al respecto dando gran trascendencia al reconocimiento británico de los títulos hispánicos entre 1767 al 1811, y, atribuyó la soberanía de las islas a la Argentina por el período de administración que va desde 1820 a 1831. Asimismo, negó, con argumentos sólidos, toda posible invocación británica de prescripción a su favor. Enumeró y analizó las sucesivas protestas argentinas de 1833, 1841, 1842, 1849, 1884, 1888, 1906, 1925, 1927, 1933, y las casi anuales desde 1946 en adelante. Justificó, además, cada una de nuestras etapas de silencio dado que los derechos argentinos a las islas quedaron claramente definidos en 1832.

Desde entonces, sostiene, ningún hecho ha limitado, ni disminuido, nuestros derechos. Ni siquiera la ocupación británica sesquicentenaria, contra la voluntad del usurpado.

Por último, Otra fuente obligada a mencionar es un importante estudio desde el escritorio de Alfred P. Rubin, profesor de Derecho Internacional del Fletcher School of Law and Diplomacy que desarrolla, con erudición, que los británicos carecían de todo título antes que, en 1833, tomaran las islas por la fuerza. Usando razonamientos claros, riguroso, atribuye a las protestas argentinas el efecto de haber hecho imposible cualquier reclamo británico basado en la prescripción, respecto de un territorio que, de ninguna manera, pudo considerarse como res nullius.

Por todo lo anterior, no quepa duda de que as islas Malvinas NO SON ni un país, ni un estado británico autónomo de ultramar; sólo son lo que son: un territorio sudamericano bajo ocupación ilegítima de una población que solo sabe identificarse con sus administradores políticos, el Reino Unido.

Es todo por hoy. ¡¡Gracias!!

Fuente: https://www.facebook.com

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