Por
Alejandro Betts Goss
Hoy
es otra fecha conmemorativa en la historia de la disputa por la soberanía de
Malvinas. Hace 197 años que la goleta "Sarandí" amarrara en el puerto
de Buenos Aires y diera la voz de la toma de las Islas por una escuadrilla
naval británica, 12 días antes.
Aquí
van unas líneas al respecto, poniendo énfasis en desmitificar uno de los tantos
artilugios de los británicos de la inexistencia e invalidez de los recurrentes
reclamos diplomáticos argentinos para la devolución del territorio.
Aquí
va:
El
15 de enero de 1833, arribó al puerto de Buenos Aires la goleta argentina,
“Sarandí”, procedente de Puerto Soledad, Malvinas. Sus tripulantes y pasajeros
relataron lo sucedido en Malvinas el día 3 de este mes. Así, se enteraron la
población de la nueva tropelía cometida allí, esta vez por manos inglesas. Dos
días después, el Gobernador bonaerense Juan Manuel Balcarce, su ministro de
Justicia e interino de Relaciones Exteriores, doctor Manuel Vicente de Maza,
pidieron explicaciones al representante de Gran Bretaña con relación al
escandaloso atropello del 2 y 3 de enero en Malvinas. El encargado de negocios
ingleses, Gore, afirmó no saber nada del asunto, pero se declaró presto a poner
el tema en consentimiento de su gobierno.
La
protesta de Maza ante el encargado de negocios Gore, no tuvo una respuesta
satisfactoria, por lo tanto, Maza instruyó al Ministro Plenipotenciario Dr. D.
Manuel Moreno, de ahora en más el encargado de las reclamaciones del gobierno
argentino al de la Gran Bretaña, a entablar la protesta ante el Gobierno
Británico. Por circular diplomático del 23 de enero, se informó a las
repúblicas americanas del atentado perpetrado por el Reino Unido. Sólo Bolivia
y Brasil se solidarizaron con nuestra protesta.
La
memoria y protesta que produce el embajador Moreno es uno de los alegatos más
completos escritos sobre la cuestión y tiene tanta vigencia hoy, como en la
época de su redacción. Se divide en tres partes, a saber:
1.
Los
descubrimientos
2. La ocupación efectiva
a partir de 1764 con el acuerdo anglo-español de 1770
3.
La
ocupación exclusivamente hispano-argentina, apenas interrumpida, a contar desde
1774.
Recopilando
la historia de esos tres períodos, el doctor Moreno demuestra acabadamente la
incuestionable legitimidad de la soberanía argentina sobre las Malvinas y la
enormidad del atentado cometido por el comandante de la “Clio”, el 3 de enero
de ese mismo año. Expone circunstanciadamente los títulos de soberanía,
fundados en la propiedad de España, reconocidos explícitamente por Francia
primero (1764), e implícitamente por Gran Bretaña después del conflicto armado
anglo-español por la presencia clandestina de una guarnición naval británica en
la Isla Trinidad de la Gran Malvina, ocurrido el 10 de junio de 1770.
Ciento
treinta y tres años después, en 1946, mediante un Acto Secreto 17111, el
Ministerio de RR.EE. del Reino Unido:
1. Reconoce la posesión
efectiva española de Malvinas anterior a 1832.
2. Acepta que el art. 6°
de la Convención de Nootka Sound de 1790, entre España y el Reino Unido,
precluía toda ocupación británica de las Islas, así como que dicho tratado fue
ratificado por el “Tratado de Amistad y Alianza, entre ambos países, de agosto
de 1814.
3. Hace lugar a los
fundamentos jurídicos argentinos formulados en base al decreto del 10 de junio
de 1829, que designa a Vernet como gobernador de las Islas.
4. Reconoce las
protestas de Manuel Moreno, ministro plenipotenciario argentino en Londres, a
partir del 17 de junio de 1833.
5. Reconoce que nunca
hubo consentimiento (aquiescencia) argentina a la ocupación británica.
6. Reconoce que Gran
Bretaña, durante largos años, para fortalecer un eventual derecho basado en la
prescripción adquisitiva del territorio ocupado, mantuvo una actitud evasiva,
prefiriendo no discutir el tema.
Estos
seis puntos del Memorándum británico demuestran, claramente, las razones por
las que los británicos falsean, permanentemente, la verdad de los hechos
históricos. Conocen a la perfección sus propias debilidades y, habitualmente,
procuran, a través de los años, fortalecer con nuevos argumentos una posición
que, intrínsecamente, nació como indefendible. Los contenidos del Acto Secreto
17111, fueron desclasificados recién en el año 1996, cinco décadas posteriores
a su elaboración.
Por
otra cuerda, las debilidades de la tesis británica de ostentar un título
legítimo sobre el archipiélago malvinero han sido expuestas por muchos trabajos
elaborados por expertos del derecho. Varios de ellos han sido reproducidos por
el “Internacional Progress Organization”.
En
1984, se publicó un trabajo que pertenece al profesor Eric David, del Centro de
Derecho Internacional de la Universidad de Bruselas. Su título habla por sí
mismo y se dedica al tema que nos ocupa hoy: “Aspects jurisdiques du conflit
des Malouines” El autor analiza tanto el reclamo británico, como nuestra
plataforma jurídica de derecho. Con razón, David no asigna ningún carácter
decisivo al descubrimiento del archipiélago en otorgar título a él y vuelca su
atención a los hechos posteriores, capaces de fundamentar pretensiones
soberanas, dividiéndolas en tres períodos a saber:
1. Antes de 1816
2. Desde 1816 hasta 1833
3. Desde 1833 a esa
fecha, 1984.
David
devastó cualquier posibilidad de las pretensiones británicas al respecto dando
gran trascendencia al reconocimiento británico de los títulos hispánicos entre
1767 al 1811, y, atribuyó la soberanía de las islas a la Argentina por el
período de administración que va desde 1820 a 1831. Asimismo, negó, con
argumentos sólidos, toda posible invocación británica de prescripción a su
favor. Enumeró y analizó las sucesivas protestas argentinas de 1833, 1841,
1842, 1849, 1884, 1888, 1906, 1925, 1927, 1933, y las casi anuales desde 1946
en adelante. Justificó, además, cada una de nuestras etapas de silencio dado que
los derechos argentinos a las islas quedaron claramente definidos en 1832.
Desde
entonces, sostiene, ningún hecho ha limitado, ni disminuido, nuestros derechos.
Ni siquiera la ocupación británica sesquicentenaria, contra la voluntad del
usurpado.
Por
último, Otra fuente obligada a mencionar es un importante estudio desde el
escritorio de Alfred P. Rubin, profesor de Derecho Internacional del Fletcher
School of Law and Diplomacy que desarrolla, con erudición, que los británicos
carecían de todo título antes que, en 1833, tomaran las islas por la fuerza.
Usando razonamientos claros, riguroso, atribuye a las protestas argentinas el
efecto de haber hecho imposible cualquier reclamo británico basado en la
prescripción, respecto de un territorio que, de ninguna manera, pudo
considerarse como res nullius.
Por
todo lo anterior, no quepa duda de que as islas Malvinas NO SON ni un país, ni
un estado británico autónomo de ultramar; sólo son lo que son: un territorio
sudamericano bajo ocupación ilegítima de una población que solo sabe
identificarse con sus administradores políticos, el Reino Unido.
Es
todo por hoy. ¡¡Gracias!!
Fuente:
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